Gobierno de México declara Emergencia Sanitaria por Covid-19. Se extienden las medidas de Sana Distancia hasta el 30 de abril

El subsecretario Hugo López-Gatell dio a conocer las medidas propuestas por la Secretaría de Salud que fueron adoptadas por el Consejo de Salubridad General como medidas de emergencia sanitaria.

La primera medida ordena la suspensión inmediata, desde el 30 de marzo hoy y hasta el 30 de abril de las actividades no esenciales del sector público, social y privado con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2

Las actividades que no paran son aquellas que son esenciales y se definen en cinco grupos de actividades esenciales: las primeras son las que de manera directa son necesarias para atender la emergencia sanitaria como son las de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo del sector salud tanto en el campo público como el campo privado. También las involucradas en la seguridad pública la protección ciudadana la defensa de la integridad y la soberanía nacional la procuración e impartición de Justicia así como la actividad legislativa en los niveles federal y Estatal

López-Gatell agregó que los programas sociales del gobierno continuarán operando. Todas las oficinas públicas harán una reducción inmediata de las actividades administrativas accesorias pero la operación no para. También continúa el mantenimiento de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables como agua, energía, drenaje, saneamiento básico, etcétera

Otra de las disposiciones es no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas, se reduce el límite. Se insiste en el lavado frecuente de manos, estornudar y toser aplicando la etiqueta respiratoria y el saludo a distancia y todas las demás medidas de Sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de la Salud en lo que hemos llamado la Jornada Nacional de Sana Distancia.

López-Gatell aclaró que el resguardo domiciliario es la limitación voluntaria de movilidad. Agregó que el resguardo domiciliario se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años, dijo que se ha reducido el umbral también con respecto a la medida previamente publicada o bien personas con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes ,enfermedad cardíaca o pulmonar e inmunosupresión. También aplica para mujeres embarazadas.

“Si el personal está en una de estas categorías tanto el sector público privado social estas personas no deberían ir a trabajar y deberán ser reemplazadas por personas fuera de estas categorías”

El subsecretario Gatell informó que después del 30 de abril, la Secretaría de Salud en acuerdo con la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo emitirán lineamientos para el regreso escalonado y regionalizado a las actividades laborales económicas y sociales.

Por último, dijo que se deberán postergar hasta nuevo aviso todos los censos y encuestas a realizarse en territorio nacional que involucra en la movilización de personas y la interacción física cara a cara entre las mismas medidas. Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto y apego a los Derechos Humanos.

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