Exhorto del SITIC Salud a los directores generales de los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (INSHAE)

EXHORTO A DIRECTORES GENERALES DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD DE LA SECRETARÍA DE SALUD PARA FIRMA DE UN CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL GREMIO DE INVESTIGADORAS E INVESTIGADORES EN CIENCIAS MÉDICAS Y AYUDANTES DE INVESTIGADOR

Los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (INSHAE) son organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupados en el Sector Salud, que tienen como objeto principal la investigación científica en el campo de la salud, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta especialidad, y cuyo ámbito de acción comprende todo el territorio nacional(1).

La investigación científica, al interior de los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, es desarrollada por Investigadoras e Investigadores en Ciencias Médicas y Ayudantes de Investigador. La Ley de los Institutos Nacionales de Salud, que tiene entre otros objetos el fomentar la investigación en los INSHAE, define al Investigador e Investigadora como la persona profesional que mediante su participación en actividades científicas genera conocimientos, por su cuenta o institucionalmente, en el campo de la biomedicina o la medicina(1). La relevancia del trabajo de investigación radica en la realización de estudios e investigaciones básicas y clínicas, epidemiológicas, experimentales, y de desarrollo tecnológico en las áreas biomédicas y sociomédicas, según el campo de especialidad de cada Instituto. Este trabajo científico es base para la comprensión, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades, rehabilitación de quienes las padecen; así como, para promover medidas de salud que beneficien a la sociedad mexicana.

El gremio de Investigadoras e Investigadores en Ciencias Médicas y Ayudantes de Investigador está conformado por alrededor 1,400 trabajadoras y trabajadores distribuidos en todos los Institutos Nacionales de Salud: Hospital Infantil de México Federico Gómez (HIMFG), Hospital Juárez de México (HJM), Hospital General de México (HGM), Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMNSZ), Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER), Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez (INNNMVS), Instituto Nacional de Pediatría (INP), Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinoza de los Reyes (INPer), Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz (INPRFM), Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), Instituto Nacional de Medicina Genómica (INMEGEN), Instituto Nacional de Geriatría y el Instituto Nacional de Rehabilitación Luis Guillermo Ibarra Ibarra (INRLGII).

Históricamente, a las y los Investigadores en Ciencias Médicas y Ayudantes de Investigador se les han negado prestaciones laborales con relación a las que recibe el resto del personal de salud. También se ha negado el ejercicio de derechos como la negociación colectiva, contratación colectiva y libre sindicación para la defensa de sus intereses comunes. Por esta razón, en mayo de 2019 decidieron agruparse y constituir una organización para la lucha por estos fines.

El Sindicato Independiente de los Trabajadores en Investigación de Ciencias de la Salud (SITIC Salud) está conformado por el gremio de Investigadoras e Investigadores en Ciencias Médicas y Ayudantes de Investigador, personas trabajadoras de base, que trabajan para los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (INSHAE) de la Secretaría de Salud. Este trabajo implica un alto nivel en conocimiento de frontera, formación de recursos humanos de alta calidad científica; así como, aportes a la ciencia y la tecnología a nivel nacional e internacional. Somos personal científico altamente capacitado y entre nuestras funciones se encuentra el generar conocimiento a través de la investigación para mejorar las condiciones de salud de las y los pacientes; así como, para que la toma de decisiones e implementación de políticas públicas les impacten de manera favorable.

El SITIC Salud tiene la confianza de lograr un cambio legal y narrativo que ofrezca respeto y garantía de los derechos a la libertad sindical, negociación colectiva y huelga. Esto a través de la firma de un Contrato Colectivo de Trabajo que brinde los mecanismos necesarios para prevenir y solucionar la problemática laboral, abusos, discriminación, discrecionalidad para ejercer derechos mínimos de la ley y despidos que viven en sus centros de trabajo. Para ello, su organización elaboró una propuesta de Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) que en febrero de 2020 fue depositada en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA). No obstante, tanto los Directivos de los Institutos Nacionales de Salud como la Junta Federal han negado, de manera sistemática y reiterativa, su derecho a suscribir un Contrato Colectivo. Frente a esta situación les ha sido otorgados amparos a su favor, que indican que son trabajadoras y trabajadores de base bajo el régimen del Apartado A del Art. 123 Constitucional y su ley reglamentaria es la Ley Federal del Trabajo.

Esta situación encontró eco en la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República LXV Legislatura, quienes emitieron un Exhorto para respetar las sentencias del Poder Judicial al no existir impedimento legal, ni presupuestal para negociar el contrato colectivo. También exhortaron a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a respetar sus derechos, a la Secretaría de Salud a participar en la solución del conflicto su cabeza de sector y a los Directores Generales de los Institutos Nacionales de Salud para establecer un diálogo abierto. Sin embargo, su posición se mantuvo y no se lograron avances.

El movimiento de organización y lucha del Sindicato Independiente de los Trabajadores en Investigación de Ciencias de la Salud SITIC Salud ha sido un caso excepcional que se ha topado con una evidente colusión entre instituciones públicas y la autoridad laboral, con el objetivo de frenar el pleno ejercicio de sus derechos laborales colectivos. Un ejemplo son los 40 amparos indirectos, 20 recursos de revisión, 15 recursos de repetición del acto reclamado, 10 inconformidades y demás procesos a los que hemos tenido que recurrir. Las denuncias hechas ante el Juzgado de Distrito en Materia Laboral, sobre la repetición del acto reclamado por parte de la autoridad laboral y el Hospital, han merecido el acompañamiento y vigilancia del Poder Judicial, debido a la reiterada negativa de cumplir con dichas resoluciones y con la Ley.

Buscando coadyuvancia para resolver el conflicto, el SITIC Salud se acercó con integrantes de la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la H. Cámara de Diputados, a quienes les pidieron emitir un Exhorto a los Directores Generales del Hospital Juárez de México (HJM), Hospital General de México (HGM), Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMNSZ), Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER), Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez (INNNMVS), Instituto Nacional de Pediatría (INP), Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinoza de los Reyes (INPer), Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz (INPRFM), Instituto Nacional de Salud Pública (INSP, Instituto Nacional de Medicina Genómica (INMEGEN), Instituto Nacional de Geriatría; y en particular un Exhorto a los Directores Generales del Hospital Infantil de México Federico Gómez (HIMFG), Instituto Nacional de Cancerología y del Instituto Nacional de Rehabilitación Luis Guillermo Ibarra Ibarra (INRLGII), para cumplir con la ejecutoria del Poder Judicial y llevar a cabo la negociación y firma del Contrato Colectivo de Trabajo para Investigadoras e Investigadores en Ciencias Médicas y Ayudantes de Investigador de los Institutos Nacionales de Salud, por tratarse de trabajadoras y trabajadores de base del Apartado A del Art. 123 Constitucional al interior de estos organismos públicos descentralizados (OPD), regidos por Ley Federal del Trabajo y con derechos humanos de asociación colectiva y negociación colectiva.

También se exhorta a que la Secretaría de Salud forme parte de las negociaciones como cabeza de Sector; así como a la Dirección General de Políticas de Investigación en Salud (DGPIS) de la propia Secretaría para tratar los asuntos relacionados con las evaluaciones asociadas a la estabilidad en el trabajo y estímulos. Además de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en lo que corresponda.

El llamado del SITIC Salud no es para imponer una única visión ni para obtener privilegios. Es para establecer un diálogo constructivo y propositivo; así como, para cristalizar un Contrato Colectivo de Trabajo que siente las bases de una relación laboral centrada en la responsabilidad y transparencia, de carácter duradero y sin discrecionalidades, donde queden claros los derechos y obligaciones de las y los trabajadores en investigación, con una normatividad que les permita participar de la toma de decisiones, para fomentar la transparencia, equidad de prestaciones y les brinde estabilidad en su patrimonio.

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Bibliografía:

Ley General de los Institutos Nacionales de Salud. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LINS.pdf

Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmhcti.htm

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