SCJN reafirma derecho a la interrupción del embarazo y acceso a servicios de salud

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Estado mexicano está obligado a garantizar el acceso seguro, accesible y libre de estigmas a los servicios de salud reproductiva, incluida la interrupción voluntaria del embarazo.

Al resolver la contradicción de criterios 125/2025, el Pleno del máximo tribunal se pronunció por unanimidad a favor de la protección de los derechos sexuales y reproductivos, subrayando que las mujeres y personas con capacidad de gestar deben poder decidir libremente y contar con respaldo institucional universal.

En este mismo asunto, se estableció que, en casos de aborto, el amparo por omisión administrativa podrá extender sus efectos para proteger a quienes requieran servicios de salud que les hayan sido negados. Sin embargo, una postura individual advirtió que esta ampliación podría contravenir el principio de relatividad de las sentencias de amparo y abrir la puerta a intervenciones en políticas públicas que corresponden al Poder Ejecutivo.

En otra resolución relevante, la Corte invalidó diversas normas del estado de Tamaulipas que criminalizaban el aborto. Al resolver el amparo en revisión 426/2025, el Pleno concluyó que estas disposiciones vulneraban derechos fundamentales como la autonomía, la salud, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad.

Asimismo, el tribunal consideró inconstitucional reconocer al embrión como “persona”, al señalar que esta definición excede las facultades de los congresos locales y altera el catálogo de derechos humanos establecido a nivel federal.

La SCJN también advirtió que la criminalización del aborto propicia que mujeres y personas gestantes recurran a procedimientos clandestinos, lo que incrementa riesgos para su salud y vida.

En un tercer asunto, el máximo tribunal validó sancionar conductas que inciten o provoquen odio, violencia o discriminación en Sinaloa. Al resolver la acción de inconstitucionalidad 152/2024, la mayoría del Pleno confirmó la validez de disposiciones que castigan estas conductas, al considerar que están claramente definidas dentro del marco jurídico.

Con estas resoluciones, la Corte refuerza criterios en materia de derechos humanos, salud reproductiva y combate a la discriminación en el país.

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