Reforma contra el uso fraudulento de identidad institucional llega a Diputados; el debate sobre los memes continúa

El Senado de la República aprobó este miércoles 30 de septiembre reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que, entre otras disposiciones, establecen sanciones para el uso fraudulento de elementos de identidad de instituciones públicas.

El dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular con 72 votos a favor y 34 en contra, y fue turnado a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.

Uno de los puntos que generó mayor debate fue la incorporación del artículo 403 Bis a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

La disposición establece penas de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales pertenecientes a instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno, cuando esto tenga como finalidad inducir al error o engaño para cometer un ilícito.

El texto contempla además que el engaño debe estar relacionado con hacer pasar como oficial una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informático u otra actuación atribuible a una institución pública.

¿Qué pasa con los memes y la sátira?

La discusión pública llevó a que la reforma fuera denominada en redes sociales y por algunos legisladores como la “Ley Antimemes”. Sin embargo, ese no es el nombre oficial de la reforma.

La presidenta Claudia Sheinbaum rechazó que las modificaciones tengan como objetivo sancionar memes, sátira política, parodias o críticas al gobierno.

La mandataria explicó que el supuesto que se busca combatir es el uso de imágenes, voces o elementos institucionales para suplantar a una autoridad y cometer un fraude.

“¿Qué se sanciona? Que salga la presidenta en un video utilizando inteligencia artificial para falsear, incluso con mi voz, para hacer un fraude, eso es un delito.”

Sheinbaum insistió en que la reforma no busca sancionar la crítica política ni la sátira, sino conductas fraudulentas en las que se utilice la identidad de una institución o de una persona para engañar a terceros.

La explicación de la Consejería Jurídica

La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, explicó que el artículo 403 Bis no se refiere simplemente a utilizar un logotipo oficial, sino a una conducta en la que deben concurrir diversos elementos.

De acuerdo con su explicación, la disposición contempla el uso de identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales a escala comercial, con la finalidad de inducir al error o engaño y con intención de cometer un ilícito.

Esto podría incluir, por ejemplo, páginas de internet o comunicaciones que aparenten pertenecer a una institución pública para solicitar dinero, obtener información o realizar algún otro fraude.

La controversia

Aunque el Gobierno Federal sostiene que la disposición está dirigida a combatir la suplantación y el fraude, legisladores de oposición cuestionaron la redacción del artículo 403 Bis.

Durante el debate en el Senado, legisladores del PAN y de otras fuerzas políticas argumentaron que conceptos como “identidad gráfica institucional” y “escala comercial” podrían generar espacios de interpretación y expresaron preocupación por sus posibles efectos sobre la sátira, las caricaturas, los memes, el periodismo y la crítica política.

La discusión resulta relevante porque el texto aprobado no establece que hacer un meme, una caricatura o una parodia sea, por sí mismo, un delito. La conducta sancionada requiere la concurrencia de los elementos previstos en el artículo 403 Bis, entre ellos el uso a escala comercial, la intención de inducir al error o engaño y la finalidad de cometer un ilícito.

Por ahora, la reforma no ha concluido su proceso legislativo. Después de su aprobación en el Senado, corresponde a la Cámara de Diputados analizar el proyecto.

Más allá de la etiqueta de “Ley Antimemes”, el debate plantea una cuestión de fondo: cómo proteger a la población frente a nuevas formas de suplantación digital y fraude sin generar disposiciones cuya interpretación pueda entrar en tensión con la libertad de expresión.

En particular, el desarrollo de herramientas de inteligencia artificial capaces de clonar voces, rostros y documentos oficiales vuelve cada vez más difícil distinguir entre una comunicación auténtica y una falsificada. El reto legislativo consiste en establecer con precisión dónde termina la parodia y dónde comienza una conducta deliberadamente orientada al engaño y al delito.

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