La Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que reforma la Ley Aduanera

  • La patente de agente aduanal tendrá una vigencia de 20 años. Crea el Consejo Aduanero

Con 338 votos a favor, 129 en contra y cero abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen con proyecto de decreto que reforma, adición y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera, para fortalecer y modernizar la legislación, mejorar la competitividad y combatir la evasión y elusión fiscal.

El documento, que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, establece requisitos de control y vigilancia digital para obtener la autorización de recintos fiscales, fiscalizados y estratégicos.

Mencione que la patente de agente aduanal tendrá una vigencia de 20 años y deberá certificarse cada 3 años. Crea el Consejo Aduanero, presidido por la persona titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El Consejo conocerá y resolverá respecto al otorgamiento, suspensión, cancelación y extinción de la patente, así como de la inhabilitación del agente aduanal; de la autorización, inhabilitación y cancelación de la agencia aduanal, y de sus prórrogas.

Además, fija un procedimiento simplificado para empresas de mensajería y paquetería que realizan despacho aduanero. Establece supuestos por los cuales se considera cometida una infracción e impone sanciones más severas para los recintos fiscalizados estratégicos, cuando se permita la salida de mercancías sin que para ello se cumplan las formalidades para su retorno al extranjero.

Se modifican las facultades de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y del Sistema de Administración Tributaria (SAT) como autoridades aduaneras; permite a las autoridades aduaneras celebrar convenios en materia informática y de tecnologías con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.

Establece que la ANAM podrá otorgar autorización a las empresas de mensajería y paquetería para realizar el despacho aduanero de mercancías mediante procedimiento simplificado; actualice el Régimen de Depósito Fiscal en almacenes generales de depósito.

También, incluye el régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico dentro de los programas de diferimiento de aranceles que garantizará el pago de contribuciones mediante depósitos en cuentas aduaneras de garantía para quienes introduzcan mercancías extranjeras.

Proponer sanciones más severas a los recintos fiscalizados estratégicos que permitan la salida de mercancías sin que se cumplan las formalidades para su retorno al extranjero o sin que se hayan pagado las contribuciones; Incluye la obligación de presentar el documento que acreditará que la mercancía estuvo bajo vigilancia de las autoridades aduaneras de un país, no parte del respectivo tratado de libre comercio.

De igual modo, precisa que los contribuyentes a los cuales se les haya cancelado el registro en el Esquema de Certificación de Empresas (OEA) no podrán acceder nuevamente hasta transcurridos cinco años y si la cancelación sea consecuencia de la comisión de delitos fiscales, el contribuyente no deberá tener la oportunidad de contar con una nueva certificación.

Adecua las denominaciones de Empresas Productivas del Estado por Empresas Públicas del Estado y, Servicio de Administración y Enajenación de Bienes por Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado; incluye una cláusula habilitante en algunas disposiciones que no establecen cargas adicionales para los contribuyentes en relación con elementos de las contribuciones.

También, implementará controles de simplificación administrativa de las autoridades aduaneras en materia de abandono de mercancías en depósitos ante la aduana, comprobante fiscal digital por internet para amparar transporte y traslado de mercancías, pedimento consolidado, expediente electrónico, cuentas aduaneras en garantía, rectificación de pedimentos, revisión en origen, mercancías destruidas o con un daño irreparable, importaciones temporales e infracciones y nuevas sanciones.

En el régimen transitorio, subraya que a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las patentes de agente aduanal y las autorizaciones de agencia aduanal otorgadas con anterioridad a la publicación del mismo, tendrán una vigencia de veinte años, pudiendo prorrogarse por un plazo igual siempre que la respectiva solicitud se presente durante el último año de su vigencia y antes de los últimos cuatro meses de su conclusión se cumplan los requisitos de conformidad con el procedimiento que establece el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas y, en caso de la prórroga, se cuente con la determinación del Consejo Aduanero.

La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Kenia López Rabadán (PAN), informó que para discusión en lo particular se presentaron propuestas de modificación a los artículos: 1, 2, 6, 10, 14, 14-D, 15, 17, 32, 36-A, 37-A, 49 Bis, 52, 53, 54, 59, 61, 79, 86-A, 87, 88 Bis, 88 Ter, 89, 89 Bis, 92, 94, 100-A, 100-C, 106, 107, 127, 129, 135, 135-A, 135-B, 144-A, 146, 150, 151, 152, 153, 155, 157, 158, 159, 159 Bis, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167-D, 167-J, 176, 178, 182, 183, 183-A, 184-B, 184-D, 185 y 187 del proyecto de decreto.

También, los artículos transitorios: Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo.

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