México obtiene fallo favorable en arbitraje internacional por concesiones de parquímetros

México obtuvo un fallo favorable en un arbitraje internacional iniciado por Doups Holdings LLC, empresa que reclamaba más de 600 millones de pesos por la revocación de concesiones para instalar y operar parquímetros en la Ciudad de México.

El caso, registrado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) con el número ARB/22/24, fue resuelto a favor de México. El tribunal determinó que carecía de jurisdicción para conocer las reclamaciones de Doups y desestimó el arbitraje en su totalidad. El CIADI registra el procedimiento como concluido y señala que el tribunal emitió su laudo el 10 de septiembre de 2026, publicado el 28 de septiembre.

La controversia se originó después de que la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México revocara concesiones otorgadas a la empresa mexicana Soluciones Pagomet CDMX, a través de la cual Doups sostenía tener una inversión en el sistema de parquímetros.

Doups, que se presentó como inversionista estadounidense, inició el procedimiento al amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). La solicitud de arbitraje fue presentada en julio de 2022 y registrada por el CIADI el 14 de septiembre de ese año.

Tribunal cuestionó jurisdicción de Doups

De acuerdo con la Secretaría de Economía, la defensa mexicana argumentó desde el inicio que la reclamación presentaba deficiencias relacionadas con la conformación de la empresa que supuestamente había sufrido los daños, la nacionalidad y control de esa filial y el cumplimiento de requisitos procesales establecidos en el TLCAN.

El tribunal determinó que Doups había aceptado ser considerada mexicana respecto de su inversión, que no acreditó el control de Pagomet y que no podía reclamar como propias las pérdidas atribuidas a esa empresa.

También concluyó que Doups incumplió requisitos establecidos en el TLCAN antes de iniciar el arbitraje, por lo que el tribunal determinó que no tenía jurisdicción para conocer de las reclamaciones.

Además de desestimar el procedimiento, el tribunal ordenó a Doups pagar a México más de un millón de dólares por gastos y costos del arbitraje.

El CIADI identifica el caso como una controversia relacionada con un sistema de estacionamiento medido y registra como representantes de México a la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Secretaría de Economía y al despacho Pillsbury Winthrop Shaw Pittman.

México defendió el caso ante el CIADI

La Secretaría de Economía señaló que la defensa estuvo encabezada por la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con apoyo de Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP.

La dependencia también reconoció el respaldo institucional de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México durante el procedimiento.

El laudo forma parte de los documentos públicos del expediente Doups Holdings LLC v. United Mexican States, disponible en la base de datos del CIADI.

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