Diputados aprueban en lo general reforma sobre doble nacionalidad para Presidencia, gubernaturas y Jefatura de Gobierno

La Cámara de Diputados aprobó en lo general, por mayoría calificada, el dictamen que reforma la Constitución para establecer como requisito para ocupar la Presidencia de la República, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México no tener ni adquirir otra nacionalidad.

El dictamen, derivado de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, obtuvo 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención.

La discusión del proyecto continúa en lo particular, debido a las reservas y propuestas de modificación presentadas a diversos artículos constitucionales y disposiciones transitorias. Una vez concluido el debate, el Pleno deberá realizar la votación correspondiente.

De aprobarse en sus términos, la reforma modificaría y adicionaría los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sería aplicable a partir del proceso electoral correspondiente a 2028.

¿Qué propone la reforma?

El dictamen plantea establecer entre los requisitos para ser presidente o presidenta de la República, gobernador o gobernadora, y jefe o jefa de Gobierno de la Ciudad de México, no tener ni adquirir otra nacionalidad.

En caso de tener una segunda nacionalidad, la persona deberá renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidata o candidato, en los términos que establezca la ley.

La propuesta contempla tanto a quienes hayan obtenido una nacionalidad extranjera posteriormente como a quienes la posean desde el nacimiento.

La Comisión de Puntos Constitucionales sostiene que el marco vigente no aborda de manera inequívoca los casos en que una persona posee otra nacionalidad desde su nacimiento.

Restricciones para quienes ejerzan el cargo

En el caso de la Presidencia de la República y las gubernaturas, el proyecto establece que quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante una autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana.

La prohibición comprendería:

  • El uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero.
  • El ejercicio de derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante otro Estado.
  • Acogerse a la protección diplomática de un Estado extranjero.

El proyecto señala que la contravención de estas disposiciones sería sancionada conforme al Título Cuarto de la Constitución y, en su caso, de acuerdo con las constituciones de las entidades federativas y de la Ciudad de México.

También se modificaría el artículo 122

Para la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, el proyecto establece que la Constitución local deberá contemplar como requisito que quien aspire al cargo sea ciudadano mexicano por nacimiento y no tenga ni adquiera otra nacionalidad.

Si cuenta con otra nacionalidad, deberá renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidato o candidata, conforme a lo que determine la ley.

El dictamen distingue entre renunciar y dejar de ser reconocido como nacional

Uno de los argumentos centrales de la Comisión de Puntos Constitucionales es que el Certificado de Nacionalidad Mexicana acredita la declaración de renuncia formulada ante autoridades nacionales, pero no necesariamente demuestra que el otro Estado haya dejado de reconocer a la persona como su nacional.

Por ello, el dictamen plantea que la persona que aspire a alguno de los cargos señalados haya cesado efectivamente el vínculo jurídico-político con el otro Estado antes del registro de su candidatura, conforme a la legislación extranjera aplicable.

La comisión considera que incorporar la expresión “no tener ni adquirir otra nacionalidad” representa un cambio en el estándar constitucional de elegibilidad y no únicamente una modificación de redacción.

La doble nacionalidad seguiría reconocida

El dictamen establece expresamente que la reforma no parte de una presunción de deslealtad ni cuestiona el patriotismo, la capacidad o la integridad de las personas binacionales.

También señala que la doble nacionalidad continúa reconocida por el orden constitucional mexicano y que no constituye, de manera general, un impedimento para participar en la vida pública.

La exigencia propuesta se limitaría a tres titularidades ejecutivas: Presidencia de la República, gubernaturas y Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

De acuerdo con el dictamen, una persona que posea otra nacionalidad podría aspirar a esos cargos siempre que renuncie efectivamente a ella antes de solicitar su registro como candidata o candidato.

¿Cuándo aplicaría?

El régimen transitorio establece que el decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sin embargo, las nuevas disposiciones serían aplicables a partir del proceso electoral correspondiente a 2028.

El proyecto también establece que sus disposiciones no serían aplicables a quienes se encuentren en ejercicio de alguno de los cargos señalados en la fecha en que entre en vigor.

El Congreso de la Unión tendría 90 días naturales a partir de la entrada en vigor para realizar las adecuaciones correspondientes a la Ley de Nacionalidad y a la legislación electoral.

Las entidades federativas tendrían el mismo plazo para armonizar sus constituciones y legislaciones electorales.

Mientras se realizan esas modificaciones, el proyecto establece que sus disposiciones serán de aplicación directa.

Certificados de nacionalidad mantendrían su validez para otros cargos

El régimen transitorio señala que los certificados de nacionalidad mexicana expedidos antes de la entrada en vigor del decreto conservarán su validez y surtirán plenos efectos respecto de cargos y funciones distintos de los señalados expresamente en los artículos 82, 116, fracción I, y 122, Apartado A, fracción III, de la Constitución.

De esta manera, la propuesta concentra el nuevo requisito en los tres cargos ejecutivos contemplados por la reforma.

La comisión justifica el cambio por la naturaleza de los cargos

En el dictamen, la Comisión de Puntos Constitucionales señala que la medida encuentra una justificación institucional en la naturaleza de los cargos involucrados.

Según el documento, la Presidencia de la República, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno son titularidades unipersonales que concentran la dirección política y administrativa de sus respectivos órdenes de gobierno y requieren el ejercicio permanente y continuo de sus atribuciones.

A partir de ello, la comisión considera necesario establecer un estándar constitucional específico respecto de la nacionalidad de quienes ocupen esas responsabilidades.

Continúa la discusión en lo particular

Durante la sesión, Sergio Gutiérrez Luna, diputado de Morena en funciones de presidente de la Mesa Directiva, informó que para la discusión en lo particular se presentaron propuestas de modificación a la denominación del proyecto de decreto, a los artículos 82, 116 y 122, así como a los artículos transitorios primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto.

En votación económica, el Pleno desechó la propuesta del diputado José Elías Lixa Abimerhi, del PAN, para separar la votación de cada artículo constitucional, conforme al artículo 108, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

La Cámara aprobó hasta este momento el dictamen en lo general con 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención.

La discusión de las reservas continuará antes de que el Pleno someta a votación en lo particular los artículos y disposiciones que fueron reservados.

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